Estudio jurídico Puente

Preguntas frecuentes

Estas son las dudas que más escuchamos. Cada situación tiene sus particularidades; si la tuya no está acá, escribinos.

Primera consulta

La primera consulta, paso a paso

01

Nos escribís

Por WhatsApp, por email o con el formulario. Coordinamos día, horario y modalidad: presencial en San Isidro o por videollamada.

02

Traés lo que tengas

Documentos, notificaciones o datos de los bienes. Si falta algo, te indicamos qué conseguir y dónde pedirlo.

03

Te llevás un camino claro

Te explicamos las opciones posibles y te enviamos por escrito una propuesta de trabajo con los pasos y los honorarios.

Sobre la consulta

¿Cómo es la primera consulta?

Es una conversación para entender tu situación y ver qué documentación tenés. Puede ser por WhatsApp, por videollamada o en persona. La primera consulta tiene costo: se abona según el arancel mínimo que fija la Ley 14.967 de honorarios de abogados de la Provincia de Buenos Aires, y te informamos el valor vigente al coordinar la reunión. En esa consulta escuchamos tu situación, revisamos la documentación que tengas y te explicamos los caminos posibles.

¿Qué documentación tengo que enviar?

Depende del tema. En general conviene tener a mano tu DNI, las escrituras o títulos de los inmuebles, las partidas de nacimiento, matrimonio o defunción que correspondan, y los contratos relacionados. En cada página de servicio encontrás un listado específico.

¿Trabajan con escribanos y contadores?

Sí. Trabajo en coordinación con el escribano o el contador que elijas. Si lo necesitás, puedo sugerirte profesionales de confianza.

¿Atienden a personas que viven fuera de la Provincia de Buenos Aires o en el exterior?

Sí. Atiendo por videollamada a personas que viven en otra provincia o en el exterior, siempre que el asunto deba tramitar ante los juzgados de la Provincia de Buenos Aires. Por ejemplo, la sucesión de una persona cuyo último domicilio estaba en la provincia o un conflicto sobre un inmueble ubicado en ella.

¿Cómo se pactan los honorarios?

Se informan por escrito antes de comenzar, según la complejidad del caso y las normas aplicables. No publicamos cifras porque cada situación es distinta.

Sucesiones

¿Qué costos tiene una sucesión?

Además de los honorarios, que se pactan por escrito conforme a la Ley 14.967, los principales gastos son: la tasa de justicia, del 2,2 % del valor de los bienes; una contribución del 5 % sobre esa tasa para la Caja de Abogados; el bono del Colegio de Abogados y los aportes previsionales, del 10 % de los honorarios; la publicación de edictos en el Boletín Oficial; los informes y certificados registrales y, solo si lo que recibe cada heredero supera el mínimo legal, el impuesto a la transmisión gratuita de bienes de ARBA. Los valores actualizados están en Sucesiones.

¿Cuánto tarda una sucesión?

No hay un plazo único. Depende de la documentación, de si los herederos están de acuerdo, de los bienes involucrados y del juzgado. En la primera consulta podemos darte una idea del camino, nunca una promesa de tiempos.

¿Puedo vender un inmueble heredado mientras tramita la sucesión?

Depende del estado del proceso. En general, los herederos necesitan que su calidad esté reconocida e inscripta, aunque existen alternativas, como la cesión de derechos hereditarios. Se estudia cada caso. Ver venta de inmueble heredado

¿Se puede iniciar una sucesión si los herederos no se llevan bien?

Sí. Cualquier heredero puede promover el proceso. Cuando hay diferencias, conviene ordenar la situación con un camino claro desde el inicio.

¿Qué es la legítima y por qué limita el testamento?

Es la parte del patrimonio que la ley reserva a los herederos forzosos. Por eso una persona no puede disponer libremente de todos sus bienes. Solo puede decidir sobre la porción restante, llamada porción disponible. Ver sucesión testamentaria

Derecho inmobiliario

¿Cuál es la diferencia entre una inmobiliaria y una abogada en una compraventa?

La inmobiliaria intermedia para que las partes se encuentren y la operación se concrete. La abogada revisa la documentación y las cláusulas, y protege tus derechos y obligaciones. Son funciones distintas. Ver compraventa de inmuebles

¿Por qué conviene revisar el boleto antes de firmar?

Porque el boleto fija las condiciones de la operación, y lo que no se pactó bien allí es difícil de corregir después. Ver boleto de compraventa

¿Qué puedo hacer si alguien ocupa mi inmueble sin contrato?

Lo primero es identificar qué tipo de ocupación es, porque de eso depende el camino. No conviene tomar medidas por cuenta propia. Ver desalojo

Glosario

Términos que vas a encontrar en una sucesión o en una operación inmobiliaria, explicados de forma simple.

Causante

La persona fallecida cuya herencia se tramita en la sucesión.

Declaratoria de herederos

La resolución del juez que reconoce quiénes son los herederos de la persona fallecida.

Legítima

La parte de la herencia que la ley reserva a los descendientes, los ascendientes y el cónyuge, y que no puede quitárseles por testamento ni por donaciones.

Partición

El acto por el cual los herederos dividen los bienes de la herencia y cada uno recibe su parte.

Tracto abreviado

Un mecanismo de la Ley 17.801 que permite que los herederos declarados vendan un inmueble que sigue a nombre de la persona fallecida, sin inscribirlo antes a nombre propio.

Usucapión

La forma de adquirir la propiedad de un inmueble por haberlo poseído como dueño durante el plazo que fija la ley: veinte años, o diez si hay justo título y buena fe.

Boleto de compraventa

El contrato previo a la escritura en el que comprador y vendedor fijan el precio, las condiciones y la fecha para escriturar.

Escritura

El documento que se otorga ante escribano para transferir un inmueble. Después se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble.

¿Tenés otra duda?

Te respondemos dentro de las 48 horas hábiles.

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