Derecho inmobiliario

Propiedad horizontal y barrios cerrados

Asesoramiento legal para propietarios de departamentos, countries, barrios cerrados y clubes de campo.

Vivir en un edificio, en un country o en un barrio cerrado implica convivir bajo reglas propias: un reglamento, una administración y decisiones que se toman en conjunto. Cuando surge un conflicto, conviene conocer tus derechos y obligaciones antes de actuar.

¿Qué regula a la PH y los conjuntos inmobiliarios?

La propiedad horizontal y los conjuntos inmobiliarios están regulados por el Código Civil y Comercial de la Nación, además del reglamento de cada edificio o urbanización y de las normas provinciales y municipales aplicables.

Situaciones frecuentes

  • Reclamos de expensas y cuestionamientos a su liquidación.
  • Sanciones o multas impuestas por el consorcio o por la administración del barrio.
  • Obras, modificaciones y uso de áreas comunes.
  • Impugnación de asambleas.
  • Reglamentos de copropiedad o de convivencia que limitan derechos.
  • Alquileres temporarios en barrios cerrados.
  • Compra de una unidad: revisión del reglamento y de la situación de deuda antes de firmar.

¿Cómo te ayudamos?

  1. Revisamos el reglamento y la documentación que rige tu situación.
  2. Analizamos tus derechos y obligaciones frente al consorcio o la administración.
  3. Te explicamos las alternativas, desde una gestión directa hasta una acción judicial.
  4. Llevamos adelante la gestión elegida.

Preguntas frecuentes

¿Puedo impugnar una multa del consorcio?

Depende del reglamento y de cómo se aplicó la sanción. Se revisa cada caso.

¿Qué pasa si debo expensas?

En los edificios sometidos al régimen de propiedad horizontal, la deuda por expensas comunes puede reclamarse por una vía rápida, el juicio ejecutivo, siempre que se cuente con el certificado de deuda que exige el reglamento de copropiedad. Quien debe expensas puede, a su vez, cuestionar el reclamo cuando el certificado no cumple esos requisitos o cuando el monto es incorrecto.

En countries, barrios cerrados y clubes de campo, la situación es más compleja. Que el reclamo pueda hacerse por la vía ejecutiva depende de cómo esté constituido el conjunto y de si adecuó su reglamento al régimen de propiedad horizontal especial que prevé el Código Civil y Comercial. Hay criterios judiciales distintos, por eso conviene revisar la documentación antes de iniciar un reclamo o de responderlo.

¿Antes de comprar en un barrio cerrado, qué conviene revisar?

El reglamento, el estado de deuda de la unidad, las obras permitidas y las restricciones de uso.

¿Hablamos sobre tu situación?

Te respondemos dentro de las 48 horas hábiles.

Este contenido es informativo y no reemplaza el asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.

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